HURTOS, AMPLIACIÓN DE HOMICIDIO

ZONA OPERACIONAL I
SECCIONAL 1ª.

HURTO
Desde el interior de un automóvil marca FIAT modelo ARGO que permaneció
estacionado en horas de la noche en la entrada de una finca ubicada en calle Misiones, sin
traba de seguridad en sus puertas, hurtaron una paleta para Padel, dos camperas de nylon
de color azul oscuro y azul claro marca POLO, un disfraz y un gorro de color azul marca
NIKE.

SECCIONAL 2ª.

HURTO EN FINCA
En otro hecho, desde una finca ubicada en calle Alba Roballo hurtaron dos
motosierras marca STHIL y BRUSH CUTTER y un cinturón (Rastra) de Plata y Oro. El ilícito
fue perpetrado mediante daños en la puerta principal, en ausencia de los moradores.
Policía Científica realizó relevamiento correspondiente.

TALLER DE SENSIBILIZACIÓN SOBRE PELIGROS EN LA RED, VIOLENCIA DIGITAL Y DELITOS
INFORMÁTICOS.
Ayer en horas de la mañana, se realizó un taller de sensibilización sobre Peligros en
la Red, Violencia Doméstica y Delitos Informáticos, dirigido a 82 alumnos de primero a
cuartos años del Liceo N° 3, los que serán los multiplicadores entre sus pares, de la
información recibida.
El taller estuvo cargo del Sargento Carlos Silveira.

ZONA OPERACIONAL II
SECCIONAL 7ª BELLA UNIÓN

HURTO EN FINCA
Desde una finca ubicada en Cainsa, Barrio Campo del Uno, en ausencia de sus
moradores hurtaron un televisor marca XENEX de 32 pulgadas y un alternador para
automóvil marca FIAT. No fueron constatados daños ni forzamientos en la casa.

ÁREA INVSTIGATIVA ZONA OPERACIONAL II

HOMICIDIO – AMPLIACIÓN
Culminadas las actuaciones en sedes de fiscalía y judicial Referente a hecho
informado en Comunicado de Prensa del día lunes 14 de los corrientes, homicidio
registrado en Asentamiento Uruguay en la ciudad de Bella Unión, el Sr. Juez Letrado
actuante dispuso formalizar la investigación contra el autor del hecho, un adolescente de
17 años de edad, BAJO LA IMPUTACIÓN DE AUTORÍA DE UNA INFRACCIÓN GRAVÍSIMA
A LA LEY PENAL DE HOMICIDIO ESPECIALMENTE AGRAVADO POR LA PREMEDITACIÓN,
DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 60, 310, 311 NUMERAL 2 DEL
CÓDIGO PENAL, 69 Y 72 NUMERAL 1 DEL CNA Y ARTICULO 266 DEL CPP y por sentencia
interlocutoria impuso para el mismo como medida cautelar de índole privativa de la
libertad, su internación cautelar en INISA, hasta la fecha de dictado de sentencia definitiva,
medida que deberá cumplirse en un establecimiento especial, apartado de los adolescentes
privados de libertad por régimen general, conforme a lo dictado en el literal c del Articulo
116 bis del CNA.

Artigas, jueves 17 de noviembre del 2022.
El Jefe de la Oficina de Ayudantía, Departamento de Prensa y RR.PP. de Jefatura de
Policía de Artigas.
Comisario
Liber G. ARRIONDO PEREIRA

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