Conocido popularmente como Jornales Solidarios, “Oportunidad Laboral” es un programa que pone a disposición 9.000 cupos para personas desocupadas quienes realizarán trabajos transitorios, durante un período de 4 meses, en todos los departamentos del país.
Está dirigido a personas entre 18 y 65 años, con cédula de identidad uruguaya, que no reciban ninguna prestación salarial, ni pública ni privada, ni subsidio por desempleo, por enfermedad, jubilación, pensión u otra retribución de carácter personal. Las personas que reciben beneficios del Mides, como la tarjeta Uruguay Social, podrán participar.
Un monto máximo mensual nominal equivalente a $13.000 pesos uruguayos por 12 jornales trabajados, siempre que la persona haya cumplido con las obligaciones que asumió al ingresar al Programa.
Las personas que se registraron en las Fases anteriores del Programa, haya o no sido beneficiario pueden participar de las fases siguientes y deben registrarse nuevamente.
La prestación que reciban las personas seleccionadas no poseerá naturaleza salarial ni retributiva, y será personal e intransferible. Quienes participen del Programa no integrarán las nóminas de personal del gobierno departamental, ni estarán comprendidos en sus regímenes de remuneraciones y beneficios.
¿Cómo será la selección de postulantes?
- El mecanismo de selección de las personas beneficiarias será a través de un sorteo que realizará cada gobierno departamental. Las personas deben inscribirse entre el lunes 8 y el jueves 11 de abril.
- En este marco, se creará un registro nacional de postulantes con los datos ingresados en el formulario (edad, género, lugar de residencia y nivel educativo alcanzado) a fin de orientar futuras acciones de capacitación y reconversión laboral.
¿Cómo figurará en BPS y ASSE y qué implicancia tiene para el goce de otras prestaciones?
- El período en el que los beneficiarios y las beneficiarias participen del Programa será computado por el Banco de Previsión Social (BPS) como de actividad a los efectos jubilatorios y pensionarios, bajo la afiliación «Industria y Comercio». Esto habilitará únicamente la percepción de los subsidios por maternidad, por enfermedad común y accidente de trabajo.
- También tendrán derecho a la asistencia médica gratuita a través de los servicios de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) en todo el país.
- Cabe aclarar que, a partir del tercer mes de participación en el Programa, los beneficiarios del mismo puedan realizar excepcionalmente una actividad laboral complementaria, en el sector privado, por un máximo de 8 (ocho) jornales mensuales.
- La participación en el programa finalizará ya sea por vencimiento de plazo, por incumplimiento de las tareas asignadas, o por voluntad de la persona beneficiaria sin expresión de causa alguna.
Vías de contacto para consultas:
Artigas – 1884 int 1101