La credencial cívica es el único documento que habilita a los votantes para, ante las urnas, ejercer el sufragio. Pero faltan muy pocos días para que finalice el período para tramitarla por primera vez, renovarla o trasladarla en la Corte Electoral.
Requisitos para tramitar la credencial cívica
Generales:
- Tener 18 años de edad al día que se celebren las próximas elecciones departamentales (segundo domingo del mes de mayo del año siguiente a la Elección Nacional).
- Documento público o privado conteniendo fotografía, que acredite su identidad y en el que figuren los mismos datos patronímicos de su partida de nacimiento. Por ejemplo, la cédula de identidad.
Según cada caso:
- Si es nacido dentro del territorio de la República:
- Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (expedidos por el Registro de Estado Civil o la Intendencia Municipal respectiva). La partida de nacimiento es gratuita para tramitar la obtención de la credencial cívica. Las personas que estén inscriptas en el Registro Civil de Montevideo que tramiten su credencial en ese departamento no deben asistir con la partida de nacimiento ya que se podrá imprimir en el momento de realizar su trámite.
- Si es nacido fuera del territorio de la República, hijo de padre o madre uruguayos:
- Testimonio de Partida de Nacimiento visada, legalizada y, si correspondiere, traducida por Traductor Público o testimonio de la inscripción de su nacimiento en el libro de extranjeros del Registro de Estado Civil.
- Testimonio de Partida de Nacimiento de su padre o madre uruguayo.
- Certificado de avecinamiento, expedido por la Corte Electoral durante el período inscripcional vigente.
- Si es ciudadano legal
- Carta de Ciudadanía, expedida por la Corte Electoral, con más de tres años de otorgada.
- Si es extranjero, no es ciudadano legal y no desea obtener la ciudadanía legal:
- Certificado de Residencia, expedida por la Corte Electoral.