El abogado Dr Wilson Paz, ex asesor de la Junta Departamental de Artigas opinó sobre lo planteado por Carlos Vaz Martins de Aema quien cuestionó que el edil Dr. Daniel Argañaráz no puede cumplir esa función por trabajar en una mutualista que tiene negocios con la Intendencia
Se cuestiona que un funcionario de una institución que contrata con la comuna no puede ser edil, pero la ley cuando establece dicha prohibición lo hace en el sentido de que haya influencia política o beneficio a determinado funcionario, indica Paz
En este caso, (Argañaráz) es funcionario de la institución, no integra la directiva ni tiene la decisión en un contrato que se realice entre la institución y la Intendencia, afirma Paz
El abogado citó un caso que ocurrió en Rivera, donde un funcionario de una empresa de ómnibus, que contrataba con la Intendencia de aquel departamento, fue cuestionado porque era edil y a su vez funcionario de la empresa. La situación llego a los tribunales de lo contencioso administrativo quien falló que el funcionario de la empresa no tenia incompatibilidad con ejercer su función de curul
“Siempre sostuve que si bien la Junta es un órgano de contralor del Ejecutivo departamental no olvidemos que son elegidos por un sector político, hay que separar el aspecto político del aspecto técnico”.
“Una vez dije en la Junta que en materia de derecho 2 + 2 no eran 4 y un profesor de matemáticas que era edil me dijo que estaba loco, pero el lo tomaba a través de su óptica que es la matemática que es una ciencia exacta, pero en materia jurídica siempre se habla de las famosas dos bibliotecas”